La resolución mantiene la excepción determinada en abril de este año a los sectores críticos, para el mes correspondiente a los salarios devengados en agosto, de la presentación del balance requerido cuando se relanzó el programa de Recuperación Productiva (Repro II). Para acceder al beneficio que contempla $22.000, se deberá presentar una reducción de la facturación superior al 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre julio de 2019 y el mismo mes de 2021. En junio el beneficio cubrió a 71.000 trabajadores
El Ministerio de Trabajo extendió el Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadoras y Trabajadores Independientes en sectores críticos para los salarios devengados este mes, a través de la resolución 486/2021 publicada este viernes en el Boletín Oficial. La misma estableció que estos trabajadores deberán cumplir con el conjunto de indicadores económicos, financieros y laborales, fijados para el criterio de selección, que se comparan contra 2019.
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