La justicia porteña, en el marco de un juicio abreviado, resolvió multar tanto al propietario como a la empresa responsable del boliche bailable ubicado en la Avenida Rafael Obligado 1221 (Complejo Costa Salguero), Rose in Río, y a la vez resarcir a la víctima por discriminación. Se trata de una joven cuyo acceso al local bailable fue impedido, el pasado 24 de noviembre, con argumentos degradatorios de su persona. El lugar fue clausurado cuatro días más tarde después que la justicia encontrara pruebas suficientes para cerrarlo. Básicamente se refería a los videos que subió la mujer discriminada que filmó el momento y a quien estaba ejerciendo esa acción en su contra.

El titular del Juzgado n.° 1 en lo Penal, Contravencional y de Faltas, Rodolfo Ariza Clerici, resolvió condenar a J. M. M., a la pena de multa por 42.800 pesos; a Emprendimientos Costanera S.A., como responsable de la infracción del artículo 68 del Código Contravenconal, a la pena principal de multa por 42.800 pesos; con más las accesorias de reparación del daño integral a la víctima L. C. A., consistente en una suma 20 mil pesos. Además, el magistrado en su resolutorio ordenó la colocación de un cartel de 30 cm. por 40 cm. con la leyenda “Este local respeta la dignidad y diversidad de las personas”, y la publicación en medios de prensa y redes sociales de un pedido público de disculpas a la persona discriminada como al colectivo trans, comprometiéndose a futuro a adoptar una política de admisión respetuosa de la ley 26.370 libre de cualquier perjuicio y que no suponga un trato discriminatorio o arbitrario para los concurrentes.