A través de la resolución general 4626/2019 publicada este jueves en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció nuevos requerimientos para los contribuyentes y responsables del impuesto a las Ganancias que lleven un sistema contable que les permita confeccionar balances en forma comercial. Una decisión que comprende también a aquellos sujetos que confeccionen balances comerciales sobre la base de libros de contabilidad.
La confección de la declaración jurada a los fines de la determinación de la ganancia y en su caso del respectivo impuesto, deberá realizarse utilizando el programa aplicativo denominado Ganancias Personas Físicas, Versión 16.0 o la que se apruebe en el futuro, disponible en el sitio web de AFIP. Cuando deban confeccionarse declaraciones juradas, originales o rectificativas, correspondientes a ejercicios comerciales cuyos cierres hayan operado hasta noviembre de 2005, inclusive, las mismas deberán generarse utilizando el programa aplicativo denominado Ganancias Sociedades, Versión 6.0. Las novedades, características, funciones y aspectos técnicos para su uso podrán consultarse en la opción Aplicativos del referido sitio web.
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